sábado, 26 de octubre de 2013

Improcedente acumulación de causas en Juicio por el Agua

(Basyl Macías) El Juzgado Tercero de los municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de Carabobo, declaró improcedente la acumulación de las causas en el juicio que se sigue por la demanda introducida por la Fundación Movimiento por la Calidad del Agua en contra de la Sociedad Mercantil Hidrológica de Venezuela (Hidrocentro) por omisión, demora o deficiente prestación de los servicios públicos.

Nastassja Palmiotto Coro, miembro y representante legal de la fundación, declaró que esta semana el juzgado declaró la improcedencia de la acumulación de los dos recursos introducidos en el 2011 y 2012. El primero se basaba en el acceso a la opinión pública mensual de los 52 parámetros, ya que Hidrocentro no da a conocer los informes de la calidad del agua. El segundo versa sobre el derecho a la salud de los habitantes de Carabobo, Aragua y Cojedes, al cuidado del medio ambiente, y que el trasvase de Pao-Cachinche fuese sustituido por otras medidas menos dañinas.

El juez dentro de esta sentencia interlocutoria decidió que no va a acumular las causas y que la única que será ventilada por el tribunal tercero es la del 2012, de la cual tiene sentencia el TSJ del 6 de mayo de 2013, explicó Palmiotto Coro.

La Fundación Movimiento por la Calidad del Agua introdujo dos causas, ante las cuales la Sala Constitucional se declaró incompetente y las declinó hacia los tribunales municipales, en donde no se le hizo ningún seguimiento, explica la abogada. Es en el tribunal tercero donde se admite la demanda de 2012, y comienza el juicio.


Palmiotto comentó que en un procedimiento legal, cuando existen varias causas que se repiten por un mismo hecho, deberían acumularse y ventilarse en un solo procedimiento, para que no haya ninguna sentencia contradictoria que ocasione alguna irregularidad entre ambas. Sin embargo, el tribunal tercero decidió no unir las causas de ambos juicios.

La junta directiva de la Fundación Movimiento por la Calidad del Agua, representada por Edison Durán Lucena, Lucio Herrera Gubaira, Manuel Pérez y Fabio Padoan, introdujo ante este mismo tribunal una medida cautelar innominada que ordene la sustitución del actual trasvase de aguas al embalse Pao-Cachinche por otra alternativa que controle el nivel y crecimiento del Lago de Valencia, y que no atente en contra de la calidad del agua del reservorio, así como de la población adyacente.

Esta medida fue igualmente declarada improcedente por el juez. “Alegó que la parte demandante no señaló en qué consistía el peligro de ilusoriedad del fallo ni aportó medios de pruebas que hicieran surgir en este tribunal la presunción de tal circunstancia”.

Fuente: El Carabobeño 

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